Las empresas de transporte que tengan la flota registrada en Tierra del Fuego -y realicen fletes entre la isla y el continente- estarán exentas del Impuesto a las Ganancias, según resolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Para acceder a este beneficio fiscal, los contribuyentes deberán demostrar con remitos, guías de removido y documentación respaldatoria que realizaron el ingreso o egreso de bienes entre suelo fueguino y el resto del país.
Esta exención no tendrá vigencia para los fletes entre distintos puntos del continente, aun cuando las empresas transportistas estuviesen registradas en Tierra del Fuego.
jueves, 23 de julio de 2009
AFIP exime del pago de ganancias a las empresas de transporte registradas en Tierra del Fuego
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