Después de la prórroga que dio la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el 31 de marzo las facturas en papel pasarán a la categoría de antigüedad, ya que es el último día para emitirlas: a partir del 1 de abril los responsables inscriptos en el IVA deberán presentar facturas electrónicas en operaciones de venta de bienes, locaciones y la prestación de servicios de acuerdo con lo dispuesto.
Desde esa fecha, los inscriptos en el IVA deberán también cumplir mensualmente con el Régimen de Información de cada una de las operaciones de sus compras y ventas, por internet ante la AFIP.
Se estima que cerca de 400.000 empresas tendrán que actualizar el proceso de gestión para extender facturas electrónicas y adaptar sus sistemas de gestión o contratar una solución para resolverlo.
Como especialistas en el tema, Facturante -la compañía que se dedica a la emisión y administración de facturas electrónicas para todo tipo de compañías-, sugiere:
1) Revisar los procesos internos de facturación, cobranzas y pagos verificando que estén aptos para adecuarse al nuevo modelo.
2) Anticiparse a la fecha límite: resulta imprescindible que quienes todavía no se hayan adherido a la factura electrónica lo hagan sin falta, ya que la adhesión implica realizar un trámite en la web de la AFIP y ya hay antecedentes –antes de la prórroga-, de momentos en los que la página colapsó y las empresas no podían realizar el trámite requerido. De modo que anticiparse y tener el proceso ajustado al flamante modelo será una ventaja competitiva para el negocio.
3) Elegir el software apropiado a las necesidades internas de la empresa o adaptar el existente será una decisión estratégica
Caso por caso
- Qué hay que saber si se es monotributista: la Resolución General 3749 establece la obligatoriedad para los monotributistas de las categorías H, I, J, K y L; con la excepción de los casos en los cuales las prestaciones de servicios o la venta de los bienes se efectúen en el propio local.
Los sujetos adheridos al monotributo que no se encuentren alcanzados por dichas categorías podrán ingresar de forma opcional.
(Foto de la derecha: la CEO de Facturante, Lorena Comino).
- Quienes son Responsables inscriptos y facturan servicios profesionales: la Resolución General 3749 fija la obligatoriedad de Factura Electrónica, de modo que habrá que resolverlo antes del 31 de marzo.
- IVA exentos
Una de las novedades de la normativa RG 3749/15 es que los IVA Exento también podrán ingresar a facturación electrónica en forma voluntaria y así capitalizar todos los beneficios que trae consigo.
Pero existe un grupo de entidades y empresas IVA Exento que quedan alcanzados por la directiva de la AFIP, dentro de las cuales figuran las compañías de medicina privada, galerías de arte, establecimientos de educación privada, los dueños de inmuebles rurales o con fines turísticos, quienes tendrán que generar factura electrónica a partir de abril de manera obligatoria.
- Comercios con controlador fiscal
Siguen excluidos de la factura electrónica los comercios que utilizan controladores fiscales (que emitan facturas A y B), y también las operaciones que se realizan en el domicilio del cliente. Pero si su controlador fiscal no emite Factura A, deberá adherirse a factura electrónica y emitir las Facturas A con el punto de venta electrónico.
Para todos los casos, se debe presentar el IVA ventas o RG3685 Régimen informativo de compras y ventas, que reemplazó al CITI compra y ventas. Esto puede ser un gran diferenciador entre un proveedor y otro -explican desde Facturante-, por eso es importante prever que el sistema a contratar permita generar este informe mensual obligatorio que requiere AFIP vinculado a factura electrónica.
Cómo comenzar
Facturante sugiere ingresar al sitio de AFIP y, con la clave fiscal, crear un punto de ventas electrónico indicando qué sistema se va a utilizar:
1. Facturador on line de AFIP gratuito
2. O WebServices (sistema de gestión o facturación contratado) cada sistema tiene su tipo de venta electrónico.
Las facturas podrán ser enviadas por email al cliente (el PDF que genera es equivalente a una factura en papel, es totalmente legal aunque no se imprima), o imprimirlas y entregarlas en mano.
Implementar el régimen de Factura Electrónica es simple y fácil si se hace con la solución informática adecuada, y permite reducir los costos de las empresas que utilizan el sistema.
Para esto, Facturante pone a disposición de sus clientes un equipo de profesionales y una herramienta intuitiva, on line, simple, rápida y económica para transformar esta exigencia de la AFIP en una verdadera oportunidad de crecimiento.
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