A partir del miércoles 1 de diciembre de 2010, los pagos y depósitos judiciales deberán realizarse por transferencia electrónica, según informó el Banco Ciudad.
Estas operaciones no tendrán costo, y en ambos casos se deberá contar con la CBU de la cuenta receptora de los fondos.
Para hacer efectivo un cobro, habrá que concurrir con la CBU de la cuenta que recibirá la transferencia. En el caso de no contar con cuenta, el Banco Ciudad abrirá una en forma gratuita.
En el caso del depósito, los fondos deberán transferirse desde el banco a la CBU de la cuenta judicial. Si no conoce el número, será necesario enviar un correo a suc75jud@bancociudad.com.ar.
La normativa del Banco Central refuerza el cambio iniciado en octubre de 2008 cuando el Banco Ciudad y la Suprema Corte de Justicia de la Nación firmaron el convenio Extranet Judicial, que informatizó la operatoria judicial bancaria.
Esta medida optimizó la calidad de atención a los usuarios y clientes de la
institución, quienes se benefician con menores tiempos de espera, agilidad en los trámites bancarios y una operatoria segura.
Más información en www.bancociudad.com.ar/personas/operativa-judicial.
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