Las empresas de transporte que tengan la flota registrada en Tierra del Fuego -y realicen fletes entre la isla y el continente- estarán exentas del Impuesto a las Ganancias, según resolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Para acceder a este beneficio fiscal, los contribuyentes deberán demostrar con remitos, guías de removido y documentación respaldatoria que realizaron el ingreso o egreso de bienes entre suelo fueguino y el resto del país.
Esta exención no tendrá vigencia para los fletes entre distintos puntos del continente, aun cuando las empresas transportistas estuviesen registradas en Tierra del Fuego.
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